Suprema Corte ‘noquea’ a las pensiones

Ciudad de México. (CNNExpansión.com) — Los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social, verán disminuida su pensión en un 60%, si este organismo decide aplicar la decisión de la Suprema Corte de Justicia de reducir de 25 a 10 veces el salario mínimo vigente en la ciudad de México para la pensión.

Esta decisión podría afectar no sólo a los trabajadores, sino también a las empresas que cuentan con planes de pensiones complementarios para sus empleados, al verse incrementada la obligación de pago, por los ajustes efectuados.

El pasado 9 de junio, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aprobó la jurisprudencia por contradicción de tesis, que define el criterio aplicable al límite superior para el cálculo de las pensiones por invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte bajo el régimen de pensiones previsto en la Ley del Seguro Social de 1973, vigente hasta el 30 de junio de 1997.

En dicha jurisprudencia la Suprema Corte determinó que, en términos del artículo 33 de la Ley del Seguro Social de 1973, “resulta claro que el límite superior de 25 veces el salario mínimo está vinculado únicamente con los seguros de enfermedad y maternidad; mientras que el límite superior de 10 veces el salario mínimo regirá y servirá de tope salarial para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.”

De esta manera, concluye que si el límite aplicable para la cotización en los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte es de 10 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal, dicho tope salarial también debe ser el aplicable para el cálculo de las pensiones otorgadas bajo el régimen de 1973, dice la firma de servicios profesionales Baker McKenzie.

Baker McKenzie advierte que en caso de que el IMSS decida aplicar el criterio de la Suprema Corte de Justicia, para el cálculo de pensiones del régimen de 1973, los jubilados que opten por este régimen y cuyo salario base de cotización haya sido superior a 10 veces el salario mínimo general para el D.F. en las últimas 250 semanas, verán reducida significativamente su expectativa de pensión.

En tanto, los planes de pensiones privados cuya finalidad sea complementar la pensión otorgada por el IMSS, tendrán un impacto financiero derivado de la aplicación de dicho criterio.

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