Ciudad de México, 11 de agosto (SinEmbargo/Notimex).– Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron hoy la ley en Campeche que impedía a las parejas homosexuales adoptar niños.
Con tan sólo un voto en contra, el máximo Tribunal declaró inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Campeche, por negar el derecho a las parejas del mismo sexo de hacer adopciones, compartir o encomendar la patria potestad de los hijos menores del otro.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la discusión del caso el pasado jueves 6 de agosto, y el proyecto fue elaborado por la ministra Margarita Luna Ramos, quien salió de viaje y el ministro José Ramón Cossío Díaz quedó a cargo de la ponencia.
El proyecto de resolución de Luna Ramos planteó declarar inválido constitucionalmente el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de convivencia del estado de Campeche.
Hasta ahora, 10 de los 11 ministros que integran el pleno de la Corte se han manifestado en favor de invalidar ese precepto, y el ministro Eduardo Medina Mora fue el único que se pronunció en contra de la ponencia de Luna Ramos.
La acción fue interpuesta por la Comisión de Derechos Humanos de Campeche por considerar que el artículo niega el derecho de los convivientes a realizar adopciones en forma conjunta o individual, ni pueden compartir o encomendar la patria potestad o custodia de los hijos menores del otro.