Culiacán, Sin. Con la resolución a favor del recurso de incostitucional que interpuso el Partido Sinaloense, PAS, contra las modificaciones que la mayoría de los diputados locales aprobaron de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPES), la Suprema Corte de Justicia de la Nación, avaló que los partidos políticos no se repartan casi 70 millones de pesos extras, informó el Diputado Héctor Melesio Cuén Ojeda.
Fue el pasado 30 de junio cuando se aprobaron en el Congreso de Sinaloa las modificaciones a la LIPES, donde se establece que el financiamento para los partidos politicos se estimaría multiplicando el 75 % del salario mínimo por el número de electores contemplados en el padrón electoral, cuando la Ley Federal fija que debe ser el 65 %. También se aprobó que la distribución de este financiamiento se distribuyera en un 20 % de manera equitativa a todos los partidos, y el resto, 80 % de acuerdo a la votación del último proceso electoral, cuando a nivel nacional se establece en un 70-30.
Otro acuerdo de la LIPES es que en los años cuando haya elecciones para gobernador, presidentes municipales y diputados locales, a los partidos se les asignará el 100 % en relación a sus gastos de operación, mientras que la Ley Nacional establece que debe ser el 50 %. Asimismo, que en los años en que solamente se eligiera presidentes municipales y diputados locales, se les asignará a los partidos el equivalente del 50 % de sus gastos normales de operación, por encima de lo que establece la ley nacional que debe ser solmente del 30 %.
Fue solamente el Partido Sinaloense el que interpuso ante la SCJN, una Acción de Incontitucionalidad en contra de lo acordado por el Congreso, especificamente para que se considerara el 65 % del salario mínimo y no el 75 %, como se acordó en el Congreso. También se reclamó ante la SCJN que se respetara que fuera el 50 % del gasto operativo normal, el que se le asignara a los partidos políticos cuando hubiera elecciones para gobernador, presidentes y municipales; y no el 100%. Asimismo, que sea el 30 % en elecciones intermedias; y no el 50 %, como lo acordaron la mayoría de los diputados locales, excepto el PAS.
El Partido Sinaloense nunca estuvo de acuerdo que se les dieran casi 70 millones de pesos a los partidos políticos y el diputado Robespierre Lizárraga Otero, en nombre de nuestra Grupo Parlamentario, presentó un voto en particular contra las modificaciones al artículo 65, inciso A, numeral 1 y 2; artículo 65, inciso B, primero y segundo párrafo, de la LIPE, relativo al financiamiento de los entes políticos”.
El PAS considera que las elecciones en México, en este estado, parecen un barril que no tiene fondo, en lo económico, pues cada vez los partidos políticos nacionales quieren más dinero para gastarlo en la operación diaria de la estructura partidista, sin que la ciudadanía obtenga un beneficio directo, que al final de cuentas es la que paga las elecciones y a los partidos políticos.
Cuén Ojeda también aclaró que la Acción Inconstitucional interpuesta por el Partido Sinaloense fue avalada y tomada en cuenta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dado que nuestro partido estatal, es legal y constitucionalmente establecido, por lo que los Magistrados, por unanimidad, resolvieron así: “Reconocemos la Legitimidad al Partido Sinaloense”. Por esta razón aceptaron nuestro recurso de inconstitucionalidad, explicó el Diputado Héctor Melesio Cuén Ojeda.
En las modificaciones al artículo 65, que se acordaron mayoritariamente en el Congreso, se obligaba al Estado a desembolsar aproximadamente 70 millones de pesos más, de los impuestos de los ciudadanos, algo en lo que el Partido Sinaloense, PAS, no estuvo de acuerdo.
El Partido Sinaloense es consciente de que no debe incrementarse el subsidio a los partidos políticos, sino al contrario: consideramos que debería reducirse cada año un porcentaje de los gastos ordinarios e invertirlos en la infraestructura educativa de Sinaloa, finalizó Cuén Ojeda.